Cuando tienes una deuda impagada y un juez o un organismo como Hacienda ordena el embargo de tu nómina, la ley no permite quitarte todo el sueldo. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable, y solo se retiene por tramos la parte que lo supera (artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
📊 Datos clave en Espana
- •18.017 concursos tramitados en Espana en 2025, de los cuales mas de 16.500 fueron personas fisicas
- •Incremento del 32,9% en concursos de personas fisicas no empresarios (T3 2025 vs T3 2024)
- •El 92% de los concursos presentados en el primer trimestre de 2025 corresponden a persona fisica
- •Cataluna lidera los procedimientos de Segunda Oportunidad (23,09%), seguida de Madrid (17,93%)
Fuentes: CGPJ, Estadistica Judicial 2025 | Observatorio ICAB de la Insolvencia Personal
¿Cuánto te pueden embargar de la nómina?
La parte de tu sueldo que supera el SMI se embarga de forma progresiva, según esta escala:
- Hasta 1 SMI: inembargable (no te pueden retener nada).
- Entre 1 y 2 veces el SMI: hasta el 30%.
- Entre 2 y 3 veces el SMI: hasta el 50%.
- Entre 3 y 4 veces el SMI: hasta el 60%.
- Entre 4 y 5 veces el SMI: hasta el 70%.
- Lo que exceda de 5 veces el SMI: hasta el 90%.
El cálculo se hace sobre el salario neto y por tramos: a la parte de cada tramo se le aplica su porcentaje, no se aplica un único porcentaje a todo el sueldo.
El salario mínimo siempre es inembargable
Sea cual sea tu deuda, no pueden dejarte sin el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional. Si el embargo recae sobre tu cuenta bancaria y en ella se ingresa tu nómina, el banco debe respetar también esa parte inembargable.
Reducción por cargas familiares
Si tienes cargas familiares, el juez puede rebajar entre un 10% y un 15% los porcentajes anteriores (artículo 607.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), de modo que se te retenga menos.
Embargos de Hacienda y de la Seguridad Social
Cuando el embargo lo ordena la Agencia Tributaria o la Seguridad Social por deudas públicas, se aplica la misma escala de inembargabilidad. La diferencia es que estos organismos pueden embargar por vía administrativa, sin pasar por un juzgado.
Cómo parar el embargo de tu nómina
Si el embargo viene de deudas que no puedes pagar, acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad paraliza los embargos y, al final del proceso, cancela esas deudas mediante la exoneración del pasivo insatisfecho. Es la vía para dejar de perder parte de tu sueldo cada mes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es lo máximo que te pueden embargar de la nómina?
Nunca el sueldo completo. El primer tramo equivalente al Salario Mínimo Interprofesional es inembargable y el resto se retiene por tramos, del 30% al 90%.
¿Qué pasa cuando te embargan la nómina?
Tu empresa recibe la orden y retiene cada mes la parte embargable de tu sueldo, que ingresa a disposición del juzgado o del organismo acreedor hasta cubrir la deuda.
¿Se puede frenar un embargo de nómina?
Sí. Si las deudas son inasumibles, la Ley de Segunda Oportunidad paraliza los embargos y permite cancelarlas.
¿El salario mínimo se puede embargar?
No. El importe equivalente al Salario Mínimo Interprofesional es inembargable por ley.
Si te están embargando la nómina y no puedes con las deudas, soy abogada especialista en Ley de Segunda Oportunidad y estudio tu caso.
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