Lo que vas a encontrar
- Cuánta deuda con Hacienda se puede cancelar: la regla de los 10.000 euros.
- Qué pasa con la parte que no se exonera y cómo funciona el plan de pagos.
- Cómo frenar los embargos de la Agencia Tributaria y qué requisitos piden.
Cuando mis clientes llegan al despacho, hay una frase que escucho casi a diario: «Mónica, tengo deudas con los bancos, pero lo que no me deja dormir es lo que le debo a Hacienda. Me han dicho que contra el Estado no se puede hacer nada».
📊 Datos clave en Espana
- •18.017 concursos tramitados en Espana en 2025, de los cuales mas de 16.500 fueron personas fisicas
- •Incremento del 32,9% en concursos de personas fisicas no empresarios (T3 2025 vs T3 2024)
- •El 92% de los concursos presentados en el primer trimestre de 2025 corresponden a persona fisica
- •Cataluna lidera los procedimientos de Segunda Oportunidad (23,09%), seguida de Madrid (17,93%)
Fuentes: CGPJ, Estadistica Judicial 2025 | Observatorio ICAB de la Insolvencia Personal
Ese es uno de los mayores mitos legales en España hoy en día.
¿Se pueden cancelar las deudas con Hacienda y la Seguridad Social con la Ley de Segunda Oportunidad? Sí, aunque con límites. Desde la reforma de 2022, la deuda pública se exonera hasta un máximo de 10.000 euros por cada organismo (Hacienda y Seguridad Social): los primeros 5.000 euros al 100% y el tramo restante al 50%. Lo que supere ese límite no se cancela, pero puede reestructurarse en un plan de pagos, y los embargos de la Agencia Tributaria se paralizan en cuanto se admite el concurso.
Hasta hace unos años, la deuda pública era intocable. Sin embargo, tras la gran reforma de la Ley Concursal, las reglas del juego cambiaron. Si eres un particular o un autónomo asfixiado por los impuestos, los seguros sociales o las derivaciones de responsabilidad, la Ley de Segunda Oportunidad sí es un salvavidas para ti.
Respuesta directa: sí se pueden cancelar deudas con Hacienda y con la Seguridad Social mediante la Ley de Segunda Oportunidad, con un límite de 10.000 euros con cada organismo. El resto del crédito público no se exonera, pero puede fraccionarse en un plan de pagos.
Vamos a desglosar exactamente cuánto dinero te pueden perdonar las administraciones públicas, qué ocurre con el resto de la deuda y cómo frenamos los embargos.
El límite de la exoneración: La regla de los 10.000 euros
La Ley de Segunda Oportunidad establece un límite claro para la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) cuando hablamos de crédito público. No se puede cancelar una deuda infinita con el Estado, pero sí una cantidad muy significativa que permite a miles de autónomos respirar.
Los límites máximos de cancelación son:
- Hasta 10.000 euros para deudas con la Agencia Tributaria (Hacienda).
- Hasta 10.000 euros para deudas con la Seguridad Social.
Es decir, en total, podrías llegar a cancelar hasta 20.000 euros de deuda pública.
¿Cómo se calcula exactamente este perdón?
La ley no perdona los 10.000 euros de golpe, sino que aplica un cálculo por tramos. Funciona exactamente igual tanto para Hacienda como para la Seguridad Social:
- Tramo 1 (Los primeros 5.000 €): Se cancelan al 100%. Si debes 4.000 €, se te perdona todo.
- Tramo 2 (A partir de 5.000 €): Se cancela el 50% de la deuda restante, hasta alcanzar ese tope máximo de 10.000 € de perdón.
Ejemplos prácticos para que lo entiendas a la primera:
| Deuda Total con Hacienda | Cálculo de Cancelación | Deuda Cancelada (Perdonada) | Deuda Restante (A Pagar) |
| 3.000 € | 100% de los primeros 5.000€ | 3.000 € | 0 € |
| 8.000 € | 5.000€ al 100% + 50% de los 3.000€ restantes | 6.500 € | 1.500 € |
| 15.000 € | 5.000€ al 100% + 50% de los 10.000€ restantes | 10.000 € | 5.000 € |
| 30.000 € | Límite máximo alcanzado | 10.000 € | 20.000 € |
¿Y las deudas con la Seguridad Social? Mismo límite, otra ventanilla
El esquema con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) es paralelo al de la Agencia Tributaria: hasta 10.000 euros exonerables por deudor, con los mismos tramos. Aquí entran las cuotas de autónomo (RETA) impagadas, los recargos y las derivaciones de responsabilidad por deudas de una sociedad.
Un matiz práctico: Hacienda y Seguridad Social son acreedores distintos dentro del concurso, cada uno con su propia certificación de deuda. Por eso conviene pedir ambos certificados al preparar la solicitud; el juzgado no suma las dos deudas en un solo límite, sino que aplica 10.000 euros a cada administración.
¿Qué pasa con la deuda que NO se cancela? (El Plan de Pagos)
Si le debes a Hacienda 30.000 euros, te perdonarán 10.000 euros. ¿Qué ocurre con los 20.000 euros restantes? ¿Te los embargan al día siguiente? No.
Para la parte de la deuda pública que no entra en la exoneración, la Ley de Segunda Oportunidad nos permite proponer un Plan de Pagos.
- Este plan puede durar entre 3 y 5 años (dependiendo de si conservas tu vivienda habitual o no).
- Se adapta a tu capacidad real de pago, no a lo que la Agencia Tributaria te quiera imponer unilateralmente.
- Mientras cumples este plan, estás protegido legalmente: Hacienda no puede embargarte cuentas ni bienes.
Frena los embargos de la Agencia Tributaria: El alivio inmediato
Uno de los mayores terrores de deber dinero al Estado es la rapidez con la que ejecutan embargos de cuentas bancarias (el famoso «barrido») o de facturación a clientes si eres autónomo.
Aquí es donde la Ley de Segunda Oportunidad brilla con más fuerza:
En el momento en que presentamos la solicitud en el juzgado y el juez declara el concurso de acreedores, Hacienda y la Seguridad Social tienen que paralizar cualquier embargo en curso.
Recuperas el control de tus cuentas desde las primeras semanas del proceso, mucho antes de obtener la sentencia final.
Requisitos específicos: La lupa de la Administración
Para poder cancelar deudas ordinarias (bancos, tarjetas) hay que cumplir unos requisitos de buena fe. Pero cuando hay dinero público de por medio, la ley es un poco más estricta.
Para poder cancelar esos 10.000 €, NO debes:
- Haber sido condenado por delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social en los últimos 10 años.
- Haber sido condenado por delitos de falsedad documental o contra los derechos de los trabajadores.
- Haber derivado patrimonio o cometido un alzamiento de bienes para evitar pagar los impuestos.
Si eres un contribuyente que simplemente tuvo un mal año de facturación, cerró su negocio con pérdidas o no pudo pagar los seguros sociales de sus empleados por falta de liquidez, eres un candidato perfecto.
¿Las multas de tráfico o sanciones penales entran?
No. Es muy importante ser transparente en esto. La ley es clara: las deudas derivadas de multas, sanciones administrativas (por ejemplo, una multa de tráfico o una sanción de Hacienda por ocultación) y responsabilidad civil derivada de un delito, son legalmente inexonerables. Solo podemos cancelar la deuda tributaria principal y sus intereses/recargos de demora.
Preguntas frecuentes sobre las deudas públicas
¿Cuándo se borran o caducan las deudas con Hacienda?
Por prescripción, a los 4 años (art. 66 de la Ley General Tributaria), aunque cualquier actuación de la Agencia Tributaria reinicia el contador, así que en la práctica casi nunca prescriben. La vía realista para un deudor insolvente es la exoneración judicial de la Ley de Segunda Oportunidad, con el límite de 10.000 euros.
¿Qué requisitos hay que cumplir para exonerar deuda pública?
Los generales de la ley: ser deudor de buena fe, estar en insolvencia real y no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años. Además, no puede exonerarse deuda pública derivada de sanciones tributarias muy graves ni de delito fiscal.
Conclusión: No tienes que enfrentarte al Estado tú solo
Luchar contra la Administración Pública asusta, y tratar de negociar aplazamientos directamente con ellos suele acabar en cuotas imposibles de asumir.
A través de la vía judicial que nos ofrece la Ley de Segunda Oportunidad, obligamos a la Administración a acatar las reglas de la insolvencia, perdonar la parte que marca la ley y aceptar un calendario de pagos justo para el resto.
¿Te gustaría que evaluáramos tu nivel de endeudamiento público y te confirmáramos exactamente qué importe podríamos cancelar en tu caso particular? Como siempre, sin compromiso y con facilidades de pago para que el dinero no sea un freno. ¿Quieres que redacte un formulario de contacto o una sección de preguntas frecuentes para añadir al final de este artículo?
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Si necesitas un abogado de Segunda Oportunidad en Barcelona, Valencia o Bilbao, podemos ayudarte.
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