El preconcurso de acreedores es la comunicación que el deudor presenta al juzgado para abrir un periodo de negociación con sus acreedores y tratar de evitar el concurso. Coloquialmente se le conoce como «el 5 bis» y, desde la reforma de la Ley 16/2022, está regulado en el artículo 583 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).
📊 Datos clave en Espana
- •18.017 concursos tramitados en Espana en 2025, de los cuales mas de 16.500 fueron personas fisicas
- •Incremento del 32,9% en concursos de personas fisicas no empresarios (T3 2025 vs T3 2024)
- •El 92% de los concursos presentados en el primer trimestre de 2025 corresponden a persona fisica
- •Cataluna lidera los procedimientos de Segunda Oportunidad (23,09%), seguida de Madrid (17,93%)
Fuentes: CGPJ, Estadistica Judicial 2025 | Observatorio ICAB de la Insolvencia Personal
Es una herramienta pensada sobre todo para empresas y autónomos con dificultades, que así ganan tiempo y protección frente a las ejecuciones mientras buscan una solución a su situación de insolvencia.
¿Qué significa estar en preconcurso?
Significa que has comunicado formalmente al juzgado de lo mercantil que estás negociando con tus acreedores. No implica estar en concurso ni haber sido declarado insolvente por un juez: es una fase previa, voluntaria, orientada a alcanzar un acuerdo antes de llegar al concurso de acreedores.
Para qué sirve: ganar tiempo y frenar las ejecuciones
Mientras dura el preconcurso obtienes tres efectos principales:
- Se suspenden o impiden las ejecuciones sobre los bienes y derechos necesarios para la continuidad de tu actividad.
- Se paraliza el deber de solicitar el concurso de acreedores.
- Mantienes el control de tu empresa o de tu actividad mientras negocias.
El objetivo es alcanzar un plan de reestructuración o un acuerdo de refinanciación con los acreedores que permita reflotar la actividad y evitar el concurso.
Plazos: ¿cuánto dura el preconcurso?
La protección dura tres meses, prorrogables. En ese tiempo debes intentar cerrar el acuerdo con los acreedores. Si no lo consigues y te encuentras en insolvencia actual, dentro del mes siguiente estás obligado a solicitar el concurso.
¿Comunicación reservada o pública?
La comunicación de apertura de negociaciones puede tener carácter reservado, sin publicarse en el registro público concursal, o carácter público. La opción reservada permite negociar con discreción y sin dañar la imagen de la empresa frente a clientes y proveedores.
Requisitos: insolvencia probable, inminente o actual
Puede presentar el preconcurso el deudor que se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual. No hace falta esperar a no poder pagar nada: cuanto antes se actúa, más margen hay para negociar.
Del preconcurso al concurso y la segunda oportunidad
Si la negociación fracasa y la insolvencia es irreversible, el siguiente paso es el concurso de acreedores. Para las personas físicas y los autónomos, ese concurso es la vía hacia la exoneración del pasivo insatisfecho dentro de la Ley de Segunda Oportunidad. Si tu actividad ya no es viable, conviene valorar también cómo cerrar la empresa de forma ordenada.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa estar en preconcurso de acreedores?
Significa que has comunicado al juzgado de lo mercantil que estás negociando con tus acreedores para evitar el concurso. No es un concurso: es una fase previa de protección.
¿Cuánto tiempo puede durar un preconcurso?
La protección dura tres meses, prorrogables. Si no se alcanza un acuerdo y existe insolvencia actual, dentro del mes siguiente debe solicitarse el concurso.
¿Qué pasa con los trabajadores durante el preconcurso?
El preconcurso no extingue por sí mismo los contratos. La actividad continúa con normalidad mientras se negocia con los acreedores.
¿Quién puede presentar un preconcurso?
El deudor (empresa, autónomo o persona física) que se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual.
¿Qué ventajas tiene el preconcurso?
Gana tiempo para negociar, suspende las ejecuciones sobre los bienes necesarios para la actividad y paraliza el deber de solicitar el concurso.
Cada situación de insolvencia tiene su momento y su vía. Si tienes dudas sobre si te conviene un preconcurso, el concurso o la segunda oportunidad, soy abogada especialista en Ley de Segunda Oportunidad y estudio tu caso.
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