No todo concurso de acreedores termina con el cierre y la liquidación de la empresa. Existe una salida pensada precisamente para evitar la desaparición del negocio: el convenio concursal. En pocas palabras, es un acuerdo entre el deudor y sus acreedores para pagar las deudas de una forma que la empresa pueda asumir, normalmente con rebajas y aplazamientos, a cambio de que la actividad continúe.
📊 Datos clave en Espana
- •18.017 concursos tramitados en Espana en 2025, de los cuales mas de 16.500 fueron personas fisicas
- •Incremento del 32,9% en concursos de personas fisicas no empresarios (T3 2025 vs T3 2024)
- •El 92% de los concursos presentados en el primer trimestre de 2025 corresponden a persona fisica
- •Cataluna lidera los procedimientos de Segunda Oportunidad (23,09%), seguida de Madrid (17,93%)
Fuentes: CGPJ, Estadistica Judicial 2025 | Observatorio ICAB de la Insolvencia Personal
Frente a la fase de liquidación del concurso, que supone vender los bienes y extinguir la sociedad, el convenio busca que la empresa siga viva y vaya cumpliendo el pago pactado. Es, cuando es viable, la mejor de las dos salidas.
¿Qué es un convenio concursal?
El convenio concursal es la propuesta de acuerdo que se somete a los acreedores dentro del concurso para reordenar el pago de las deudas. Está regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).
La idea de fondo es un intercambio: los acreedores renuncian a cobrar una parte o esperan más tiempo, y a cambio la empresa conserva la actividad y va pagando según lo acordado. Si el negocio es viable, todos ganan respecto a la liquidación, porque en una liquidación muchos acreedores cobrarían poco o nada.
Convenio o liquidación: las dos salidas del concurso
Una vez tramitada la fase común del concurso, el procedimiento puede tomar dos caminos:
| Convenio | Liquidación | |
|---|---|---|
| Objetivo | Que la empresa siga funcionando | Vender los bienes y extinguir la sociedad |
| Cómo se paga | Con la actividad futura, según lo pactado | Con lo que se obtenga de vender el patrimonio |
| Situación de la empresa | Continúa | Desaparece |
| Requisito básico | Que el negocio sea viable | Que no haya convenio o que sea inviable |
El convenio solo tiene sentido si hay un proyecto empresarial que pueda sostenerse. Si no lo hay, lo razonable es la liquidación.
Qué puede contener el convenio: quitas y esperas
El convenio se articula, sobre todo, con dos herramientas:
- Quita: una reducción del importe de la deuda. El acreedor renuncia a cobrar un porcentaje.
- Espera: un aplazamiento del pago. La deuda se paga más adelante, en un calendario ampliado.
Ambas pueden combinarse. También caben otras fórmulas, como la conversión de deuda en participaciones de la empresa o la cesión de determinados bienes en pago. El contenido concreto depende de lo que la empresa pueda realmente cumplir, porque un convenio demasiado optimista está condenado a incumplirse.
Fases para aprobar un convenio concursal
Aprobar un convenio sigue un recorrido ordenado:
- Presentación de la propuesta. La puede presentar el propio deudor o los acreedores que reúnan un porcentaje suficiente de deuda. El deudor puede incluso adelantarla mediante una propuesta anticipada de convenio, presentándola junto con la solicitud de concurso o durante la fase común.
- Evaluación. El administrador concursal analiza la propuesta y su viabilidad, e informa al juzgado.
- Adhesiones o junta de acreedores. Los acreedores manifiestan su apoyo, bien por escrito, bien en una junta convocada al efecto.
- Aprobación judicial. Si se alcanzan las mayorías necesarias, el juez dicta sentencia aprobando el convenio, que pasa a ser obligatorio.
- Cumplimiento. La empresa ejecuta el calendario de pagos acordado bajo supervisión.
Qué mayorías hacen falta
Para que el convenio salga adelante no hace falta que lo acepten todos los acreedores, sino una mayoría. El porcentaje exacto de deuda que debe apoyarlo varía según lo agresivas que sean las quitas y esperas propuestas: cuanto mayor es el sacrificio que se pide a los acreedores, mayor es la mayoría que la ley exige.
Alcanzada esa mayoría y aprobado por el juez, el convenio vincula también a los acreedores que votaron en contra o que no se pronunciaron, dentro de los límites legales. Por eso es una herramienta tan potente para reestructurar una deuda de forma ordenada.
¿Qué pasa si la empresa incumple el convenio?
Un convenio aprobado no es una garantía absoluta. Si la empresa deja de cumplir los pagos comprometidos, cualquier acreedor afectado puede solicitar la declaración de incumplimiento. Si el juez la aprecia, lo habitual es que se abra la fase de liquidación, es decir, se pasa a la otra salida del concurso.
Por eso el convenio debe diseñarse con realismo desde el principio. Ajustar bien las quitas, las esperas y el calendario es un trabajo técnico donde conviene contar con un abogado especializado en concurso de acreedores, tanto para preparar la propuesta como para negociar con los acreedores.
Preguntas frecuentes sobre el convenio concursal
¿Qué diferencia hay entre convenio y liquidación en un concurso?
El convenio busca que la empresa siga funcionando y pague las deudas con la actividad futura, normalmente con quitas y esperas. La liquidación supone vender el patrimonio para pagar a los acreedores y extinguir la sociedad. Son las dos salidas posibles del concurso.
¿Todos los acreedores tienen que aceptar el convenio?
No. Basta con alcanzar las mayorías de deuda que exige la ley. Una vez aprobado por el juez, el convenio vincula también a los acreedores que votaron en contra o no participaron, dentro de los límites legales.
¿Qué es una quita y una espera?
La quita es una reducción del importe de la deuda; la espera es un aplazamiento del pago. Son las dos herramientas básicas de un convenio y suelen combinarse.
¿Qué ocurre si no se cumple el convenio aprobado?
Si la empresa incumple los pagos, un acreedor puede pedir la declaración de incumplimiento. Si el juez la aprecia, normalmente se abre la fase de liquidación del concurso.
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