Es la pregunta que más recibo en el despacho: «Mónica, si estoy en quiebra y no puedo pagar mis deudas, ¿cómo voy a pagar un abogado para acogerme a la ley?».
Es una duda legítima. El miedo al coste del procedimiento paraliza a muchas personas que cumplen todos los requisitos para ser libres. Sin embargo, la realidad financiera de este trámite ha cambiado radicalmente. Hoy en día, iniciar la ley es más accesible que nunca y, lo más importante, no necesitas tener todo el dinero por adelantado para empezar de nuevo.
En este artículo, desglosamos con transparencia qué gastos son obligatorios, cuáles han desaparecido y cómo adaptamos los pagos para que tu economía no sufra más.
Desglose de gastos: ¿Qué estás pagando realmente?
Para entender cuánto cuesta la Ley de Segunda Oportunidad, primero debemos separar el grano de la paja. A diferencia de lo que ocurría años atrás, hoy el proceso se ha simplificado.
Los honorarios se dividen principalmente en dos profesionales obligatorios por la Ley Concursal:
- Abogado especialista: Es quien diseña la estrategia jurídica. Su trabajo incluye analizar tu situación de insolvencia, recopilar la documentación necesaria, presentar la solicitud al Juzgado de lo Mercantil y defender tus intereses ante el Juez y los acreedores.
- Procurador: Es el representante procesal ante el juzgado. Sus aranceles están regulados por ley y varían ligeramente según la cuantía del pasivo, pero es un coste necesario para la tramitación.
¿Qué pasa con el Administrador Concursal?
Esta es una de las grandes diferencias. Para la inmensa mayoría de personas físicas (particulares) y autónomos que van a un «concurso sin masa» (sin bienes complejos que liquidar), ya no es necesario nombrar un Administrador Concursal. Esto supone un ahorro de miles de euros respecto al sistema antiguo.
La buena noticia: Por qué ahora es mucho más barato (Reforma 2022)
Si leíste foros antiguos o consultaste hace años, olvida esas cifras. Desde la reforma de septiembre de 2022, el coste total del procedimiento se ha reducido drásticamente.
Hemos eliminado tres gastos que antes encarecían el proceso innecesariamente:
- ❌ Adiós al Notario: Ya no es necesario acudir a notaría para iniciar la fase extrajudicial.
- ❌ Adiós al Mediador Concursal: Esta figura, que cobraba honorarios elevados, ha desaparecido para los particulares.
- ❌ Adiós al Acuerdo Extrajudicial de Pagos: Ya no es obligatorio intentar un acuerdo previo fallido. Vamos directamente al juzgado para obtener la exoneración.
Esto no solo reduce el precio, sino que acorta los tiempos. Menos intermediarios significa menos gastos y una solución más rápida.
¿Existe la Ley de Segunda Oportunidad gratis?
Sí, es posible solicitar un abogado de oficio a través de la Justicia Gratuita si cumples unos umbrales económicos muy bajos. Sin embargo, como abogada experta en Derecho Concursal, debo advertirte de la diferencia.
El Turno de Oficio cuenta con grandes profesionales, pero suelen ser generalistas. La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo técnico y vivo. Un error en la estrategia (por ejemplo, elegir mal entre plan de pagos o liquidación) puede costarte tu vivienda habitual o que te denieguen el perdón de las deudas.
Cuando contratas un despacho especializado, no pagas por un trámite; pagas por la garantía de que se ha revisado cada euro de tu deuda con Hacienda y Seguridad Social, cada cláusula de tus tarjetas y cada requisito para asegurar el éxito.
«No tengo dinero»: Nuestras modalidades de pago adaptadas a tu situación
Aquí es donde rompo con la rigidez de los despachos tradicionales. Entiendo perfectamente tu situación: si tuvieras liquidez de sobra, no estarías leyendo esto.
Por eso, en mi despacho no exigimos el pago íntegro por adelantado. Mi filosofía es clara: los honorarios deben adaptarse a tu capacidad, no al revés.
Ofrecemos facilidades de pago personalizadas para cada cliente:
- Financiación a medida: Fraccionamos el coste total en cómodas cuotas mensuales que puedas asumir sin asfixiarte.
- Flexibilidad total: Analizamos tus ingresos y gastos actuales para proponer una cuota que te permita vivir mientras tramitamos tu libertad.
- Sin letra pequeña: Sabrás el coste total desde la primera consulta. Sin sorpresas ni gastos ocultos a mitad del procedimiento.
El objetivo es que el pago del abogado sea mucho menor de lo que actualmente pagas en intereses de tarjetas revolving o préstamos. Sustituimos una deuda impagable por una cuota de servicio asequible y con fecha de fin.
El cálculo final: Coste del procedimiento vs. Deuda cancelada
Para saber si es caro o barato, no mires el precio, mira la rentabilidad.
Imagina que tienes una deuda total de 40.000 € o 60.000 €. El coste de acogerte a la ley será una fracción mínima de esa cantidad. Al finalizar, obtendrás la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), borrando legalmente esas deudas para siempre.
- ¿Pagarías una cantidad pequeña y fraccionada a cambio de borrar 50.000 € y salir de los ficheros de morosos?
- ¿Cuánto vale tu tranquilidad y dejar de recibir llamadas de recobro?
Esa es la verdadera cuenta que debes hacer.
No dejes que el precio sea un obstáculo: Hablemos de números
Soy Mónica Puente, y llevo más de 8 años ayudando a personas a empezar de cero. He visto casos de todo tipo y sé que tu situación económica es delicada. Por eso, mi compromiso es ofrecerte un presupuesto cerrado y un plan de pagos que puedas cumplir.
No te quedes con la duda por miedo a la factura. Lo más probable es que podamos ajustar una cuota mensual inferior a lo que imaginas.
Analicemos tu caso gratis y diseñemos tu plan de pagos. Solicita aquí tu estudio económico personalizado
